Contradicha Sentencia interpusieron recurso de apelaci贸n las representaciones procesales de ambas partes, siendo desestimados sendos recursos por la Secci贸n 24陋 de la Audiencia Provincial de Madrid en su Sentencia de 18 de abril de 2018, que ratific贸 el pronunciamiento del Juzgado de Primera Instancia y mantuvo el r茅gimen
TipoResoluci贸n: Sentencia Resumen: GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. IMPROCEDENTE. INTER脡S DEL MENOR. En el caso, se tiene en

NuestroC贸digo Civil regula en el art铆culo 92.7 el caso en el que no procede otorgar la custodia compartida, estableciendo que no proceder谩 la guarda conjunta cuando cualquiera de los padres est茅 incurso en un procedimiento penal iniciado por atentar contra la vida, integridad f铆sica, la libertad, la integridad moral o la libertad o indemnidad

Ahora el exesposo recurre en apelaci贸n y se opone, entre otros extremos, al establecimiento de la custodia exclusiva materna atribuida en base a la prohibici贸n por violencia de familiar o machista contenida en el art. 233-11.3 del libro segundo del C贸digo Civil de Catalu帽a, relativo a la persona y la familia:
Solose consideran incompatibles con la determinaci贸n de un r茅gimen de guarda y custodia compartida aquellas situaciones de conflictividad extrema entre progenitores, y especialmente aquellas en las que existan malos tratos, conforme al criterio jurisprudencial del Tribunal Superior de Justicia de Catalu帽a, Sentencia 29/2008, de 31 de julio, y
Criteriosmarcados por el TS para adoptar la guarda y custodia compartida. 芦Se declara como doctrina jurisprudencial que la interpretaci贸n de los art铆culos 92, 5, 6 y

Beneficiosde la guarda y custodia compartida. Por su parte, en la Sentencia del Tribunal Supremo N.潞 758/2013, de 25 de noviembre, ECLI:ES:TS:2013:5710, la Sala enumeraba de forma clara y concisa aquellos criterios por los que debe optarse preferentemente a la concesi贸n (en aquellos casos que las

ElTribunal Supremo en su sentencia n.潞 758/2022, de 7 de noviembre, ECLI:ES:TS:2022:4107, se ha pronunciado sobre la posibilidad de atribuir la custodia a uno de los progenitores, aun cuando esta decisi贸n sea contraria a lo indicado en el informe psicosocial.. El supuesto analizado en la sentencia part铆a de una atribuci贸n de la
LAGUARDIA Y CUSTODIA COMPARTIDA EN EL ORDENAMIENTO JUR脥DICO ESPA脩OL. (Guardianship and joint custody in the Spanish Legal System) custodia, teniendo que llegar a identificarla el Tribunal Supremo en su Sentencia de 19 de octubre de 1983: 鈥渜ue por expresa dis.. :
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