Pesea que, actualmente, no existe una línea jurisprudencial y doctrinal única, lo cierto es que, siguiendo las condiciones del artículo 325 del Código de Comercio -que deben ponerse en conexión con el artículo 1.445 del Código Civil, el cual define el contrato de compraventa- la diferenciación de la naturaleza del contrato de compraventa pasa, no
Segúnla duración del contrato. 2. Según la extensión de la jornada laboral. 3. Según el carácter del empleador. 4. Según el lugar de trabajo. Otras consideraciones importantes. Una relación laboral sería aquella entre un trabajador y su empleador, ya sea una persona física o jurídica.Ejemplode las diferencias entre contrato laboral y contrato mercantil La empresa de alarmas de seguridad “Firewall Alarms” vende sus productos a través de dos tipos de comerciales: María, que pertenece a su plantilla de trabajadores en nómina con contrato laboral. Trabaja todos los días de 9 a 18 h. Existendeterminadas contrataciones que, si bien revisten carácter de relaciones que se rigen por Derecho civil o mercantil, encubren una verdadera relación laboral.Esta consideración de relación laboral esta sujeta a límites casuísticos y gobernados por indicios que marca la jurisprudencia.. Como es sabido, al margen de la Diferenciaentre el contrato civil y el contrato comercial_____18 2.2.-Aparición del contrato en masa_____21 2.3.-Operación de masa o en masa mercantil y otorgarle un verdadero significado económico-social, conforme a la Mientrasque en el contrato mercantil, hay una independencia total entre quien ofrece el servicio y la empresa. Junto a esta, hay una segunda diferencia, que es la libertad entre las partes. En el contrato mercantil, se pueden establecer todas las condiciones que se deseen siempre que queden en el marco de la legalidad. I Invalidez [como ineficacia del contrato]: es aquel que está afectado por la existencia de los elementos esenciales del contrato que no resultan admisibles para el ordenamiento jurídico. Dentro de la invalidez, según la gravedad de las circunstancias podemos distinguir entre: 1. Inexistencia. 2.